Aprueban leyes vetadas por gobernador, con modificaciones

En un segundo intento, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad de votos las reformas a la Ley de Educación y la Ley del Notariado, ambas del Estado con las observaciones realizadas por el gobernador Omar Fayad Meneses.

Ley de Educación del Estado

La reforma a esta ley consistió en adicionar un párrafo al artículo 123 para establecer que los recursos presupuestales aprobados por el Congreso local para el desarrollo de las funciones de las instituciones públicas de educación media superior y superior, “no podrán ser inferiores a los otorgados en el ejercicio inmediato anterior”.

Inicialmente, la reforma proponía establecer que los recursos presupuestales aprobados para el desarrollo de las funciones “deberán ser prioritarios, oportunos, suficientes, crecientes en términos reales” y no podrán ser inferiores a los otorgados en el ejercicio inmediato anterior.

Pero el titular del Poder Ejecutivo Estatal expuso que la primera propuesta genera confusión con relación al destinario del monto ya que se contraviene con lo estipulado en el artículo 119 de la Ley General de Educación.

Este apartado establece que el monto anual que el Estado destine al financiamiento en educación pública y en los servicios educativos garantizando la accesibilidad y la gratuidad en la educación, no podrá ser menor al equivalente del ocho por ciento del producto interno bruto del país.

Ley del Notariado

Respecto a las reformas para esta ley quedó aprobado por unanimidad de votos darle mayor difusión a la convocatoria para ocupar cargo de notariado, así también se omitió la reforma al artículo 24 que buscaba modificar los requisitos para ser notario como parte de las observaciones hechas por el titular del Poder Ejecutivo del Estado.

Así también quedó asentada la reforma al 168 referente a la Asamblea de Notarios estableciendo que p ser considerada legalmente reunida y válidas sus decisiones deberán estar presentes la mitad más uno de sus miembros, y tratándose de enajenación de bienes inmuebles deberán estar presentes las dos terceras partes de sus integrantes.

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