Impugnan designación de presidencia del IEEH

María Luisa López Gutiérrez presentó un medio de impugnación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para revocar la designación de la presidencia del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), cargo para el que había sido propuesta, asegurando que no benefició a su hija para obtener recursos públicos por impartir conferencias.

La quejosa, señaló en su demanda que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) realizó una indebida designación de María Magdalena González Escalona, pues la propia Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales ya la había definido para el cargo, transgrediendo con ello su garantía de audiencia y el principio de legalidad electora.

Puedes leer: Develan escultura para conmemorar 30 años de la CDHEH

Respecto a los argumentos expuestos tanto por representaciones partidistas como los propios integrantes del Consejo General durante la sesión del pasado 30 de junio, López Gutiérrez negó cualquier beneficio a su hija durante el tiempo que ostentó el cargo de directora ejecutiva de Equidad de Género y Participación Ciudadana del 2015 al 2019, ya sea económico o para obtener un cargo.

«En primer término, debo decir que las decisiones con relación a los trabajos, conferencias, convocatorias… eran discutidas y en su momento determinadas por quienes integraban la Comisión Permanente de Equidad de Género y Participación Ciudadana… la suscrita no hacía propuestas y mucho menos decidía respecto a esas actividades” argumentó López Gutiérrez en su escrito.

Sigue leyendo: Aceleran trabajos de transición, Turismo, Cultura y Trabajo rinden cuentas

Además, refiere que no tuvo participación para la designación de su hija cómo consejera electoral del municipio de Mineral de la Reforma para el proceso electoral del 2015-2016 y en todo caso, el cargo lo obtuvo como resultado de un proceso y su experiencia profesional, “por lo tanto debo decir que no tuve participación alguna en la designación de ningún integrante de la estructura técnico-administrativa de los Consejos Municipales de aquel proceso electoral”.

Mostrar más