No pueden negarse permisos para vacunarse contra Covid, dice Secretaría del Trabajo

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), María de los Ángeles Eguiluz Tapia informó que las empresas no pueden negarles a sus trabajadores el permiso para vacunarse contra el Covid-19 cuando les corresponda recibir la vacuna y tampoco deben descontar el día o las horas que se ausenten para este fin.

Señaló que el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo dispone que las empresas o los empleadores se encuentran obligados a cumplir las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, puesto que en caso de que sus empleados enfermen podrían ser sujetos de responsabilidades.

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Asimismo, explicó que la salud de las y los trabajadores es un asunto de interés público y por ello los empleadores tienen la obligación de otorgar los permisos correspondientes a las y los trabajadores para recibir la vacuna que los inmunice contra el virus, lo que les permitirá desempeñar sus actividades en los centros de trabajo con mayor seguridad.

Para tales efectos la Secretaría del Trabajo reiteró que el artículo 408 de la Ley General de Salud, establece que las Autoridades Sanitarias ordenarán la vacunación de personas expuestas a contraer enfermedades transmisibles o epidemia grave, tal y como lo es el Covid.

De esta manera las y los trabajadores que les corresponda acudir a recibir la vacuna, podrán justificar su ausencia con el comprobante de registro de vacunación o de la cita para recibir el biológico.

Por tal motivo, en caso de que los patrones nieguen dicho permiso, entonces se estarían incumpliendo normas de seguridad e higiene, así como la violación del derecho a la salud contenido en el artículo cuarto constitucional.

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