Reconocen disidentes Consejos de Administración y Vigilancia de Cooperativa Cruz Azul

A través de un comunicado el grupo disidente de la Cooperativa La Cruz Azul, liderado por Víctor Velázquez y José Antonio Marín, informaron que, dentro de uno de los procesos legales que se tienen por el control de la empresa cementera, Federico Sarabia Pozo no interpuso un recurso de apelación en contra de dos asambleas.

Las asambleas en cuestión son las que se celebraron el 5 de abril de 2021 y 18 de abril de 2022 en donde se eligió a los Consejos de Administración y Vigilancia encabezados por Víctor Velázquez y José Antonio Marín, por lo que, el grupo disidente asume esta acción como un reconocimiento de dichas asambleas como legales.

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Sin embargo, el grupo que mantiene el control de la Planta Hidalgo, ubicada en Cruz Azul, en el municipio de Tula de Allende, y que es liderado por Sarabia Pozo, han referido en varias ocasiones que tienen años sin celebrar una asamblea que se haya instalado de manera legal toda vez que no se han cumplido los requisitos que marca la ley de Cooperativas.

Aun así, el grupo disidente afirma que, la decisión de Federico Sarabia Pozo de no interponer un recurso de apelación en contra de las asambleas antes referidas se debe a un acuerdo que se hizo con el objetivo de dejar sin efecto una orden de aprensión que estaba vigente en contra de Sarabia Pozo por el delito de fraude genérico.

El comunicado también señala que al no interponer el recurso de apelación, las decisiones tomadas por los Consejos de Administración y Vigilancia encabezados por Víctor Velázquez y José Antonio Marín son tomadas como válidas, como la expulsión de La cooperativa la Cruz Azul de 200 socios que forman parte del grupo de Sarabia Pozo.

Cabe aclarar que, esta misma semana un juez del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México dejó sin efecto la orden de aprensión que existía sobre Federico Sarabia Pozo, toda vez que el cooperativista obtuvo un amparo por parte del Juzgado Cuarto de Distrito en materia de Amparo Penal.

Por lo que el hecho de dejar sin efecto la orden de aprensión no es producto de acuerdos, sino que deriva de un proceso jurídico en el que la titular del Juzgado Cuarto de Distrito en materia de Amparo Penal, María del Carmen Sánchez Cisneros, otorgó el amparo antes referido.

Durante esa audiencia, el juez de control también se declaró incompetente para resolver el caos en cuestión, toda vez que se alegó que los hechos que dieron origen a la carpeta de investigación sucedieron en Hidalgo, específicamente en el municipio de Tula, y el territorio queda fuera de su jurisdicción legal.

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